Wizink sigue acumulando condenas por usura en tarjetas revolving

Foto: ASUFIN

El Juzgado de Primera Instancia Número 58 de Madrid había declarado la nulidad de los contratos de tarjetas revolving de Wizink Bank por usura y la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado dicha sentencia. En un caso, la usuaria recibirá la devolución de los intereses remuneratorios, gastos y comisiones pagados, debido a que el banco había modificado unilateralmente el interés TAE del contrato del 24,71% a un 26,82%, lo que es notablemente superior al interés normal del dinero durante ese periodo. La entidad alegó que se había producido una infracción del Artículo 1 de la Ley de Usura y una valoración de la prueba errónea, pero el tribunal confirmó la sentencia de instancia.

En otro caso, la demandante recibirá la restitución de la cantidad que excedía del capital prestado, tras declarar nulo por usurario un contrato con un interés del 27,24% TAE. Sin embargo, Wizink no será condenada a abonar las costas procesales, ya que existían ciertas dudas de hecho o de derecho, una excepción establecida en el artículo 394 de la LEC. La Audiencia Provincial señaló que esta circunstancia se debe justificar y razonar de un modo expreso y que no cabe defender una discrecionalidad del juzgador para resolver sobre las costas que pueda ser equiparada a una facultad concedida a aquel para decidir lo que estime oportuno sin motivarlo conforme a ley.

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Fuente: ECONOMISTJURIST.ES

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